Resolución de Litigios de Consumo
Mecanismos de Resolución Alternativa de Litigios (RAL)

Los proveedores de bienes y servicios están legalmente obligados a informar a los consumidores sobre la existencia de Mecanismos de Resolución Alternativa de Litigios (RAL), que ofrecen soluciones extrajudiciales simples, rápidas y de bajo coste (o gratuitas) para resolver conflictos de consumo.

1. ¿Qué es la Resolución Alternativa de Litigios (RAL)?

La RAL incluye mecanismos que permiten resolver litigios entre consumidores y proveedores de bienes o servicios sin acudir a los tribunales. Estas soluciones, generalmente voluntarias, incluyen mediación, conciliación y arbitraje, con las siguientes ventajas:

  • Rapidez y eficacia en la resolución de conflictos;
  • Costes reducidos o inexistentes para los consumidores;
  • Confidencialidad en el tratamiento de los conflictos;
  • Promueven acuerdos amistosos entre las partes.

2. ¿Cuáles son los principales mecanismos de RAL?

La RAL incluye:

  • Mediación: Un mediador imparcial ayuda a las partes a encontrar una solución amistosa.
  • Conciliación: El conciliador propone una solución y facilita un acuerdo entre las partes.
  • Arbitraje: Un árbitro resuelve el litigio según la ley o principios de equidad. La decisión arbitral tiene la misma fuerza que una sentencia judicial.

3. ¿Cuáles son las obligaciones de los proveedores?

Según la Ley n.º 144/2015, de 8 de septiembre, que transpone la Directiva 2013/11/UE, y el Reglamento (UE) n.º 524/2013, los proveedores de bienes y servicios deben informar a los consumidores sobre:

  • La existencia de mecanismos de RAL, como mediación, conciliación y arbitraje, como alternativas a las vías judiciales tradicionales.
  • Las entidades de RAL disponibles, proporcionando sus contactos.

Aunque la adhesión a una entidad RAL es voluntaria, los consumidores pueden contactar a estas entidades, que intentarán facilitar la resolución del conflicto, incluso si el proveedor no está formalmente afiliado a ellas.

4. ¿Qué información debe proporcionarse a los consumidores?

  • En el comercio presencial:
    Es obligatorio divulgar las entidades de RAL competentes, como:

    • Centro de Información y Arbitraje de Oporto (CICAP)
    • Centro de Información y Arbitraje de Vale do Ave (CIAVE) - Guimarães
    • Centro de Información y Arbitraje de Vale do Cávado (CIAB) - Braga
    • Centro de Arbitraje de Litigios de Consumo del Distrito de Coímbra
    • Centro de Arbitraje de Litigios de Consumo de Lisboa
    • Centro de Arbitraje de Litigios de Consumo de Algarve
    • Centro Nacional de Información y Arbitraje de Litigios de Consumo (CNIACC)
  • En el comercio online:
    Si tiene problemas con una compra online, puede recurrir a la Plataforma de Resolución de Litigios en Línea (ODR) de la Unión Europea, accesible a los residentes de la UE que realicen transacciones con comerciantes establecidos en la UE.

Para más información, consulte las entidades de RAL indicadas o la plataforma ODR en ec.europa.eu/consumers/odr.

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